Existen argumentaciones que sustentan el método de registro contable de las transacciones que deben reconocer las entidades establecidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal: el método de efectivo, el cual sugiere que los ingresos sean registrados cuando se recibe la cuota de gastos comunes, y el gasto cuando se realiza el pago al proveedor de bienes y servicios. Por otro lado, el método de devengado, en donde las cuotas se reconocen cuando se vencen y los gastos cuando se recibe el bien o servicio, independientemente si se ha recibido los fondos o hecho el desembolso.
Si bien, el propósito principal de la PH es la administración, conservación, mantenimiento y operación de las áreas comunes, para el beneficio, aprovechamiento y goce de sus propietarios, queda entendido que para este logro, el monto total a recaudar deberá cubrir dichas necesidades, y se espera que la administración logre que mensualmente se recaude lo suficiente para hacerle frente a los compromisos y que se hayan utilizado los fondos según lo convenido; de allí, los flujos de caja y presupuesto.
Pero existen hechos y transacciones que aunque no supongan entradas o salidas de efectivo, comprenden sin lugar a dudas, obligaciones o derechos que generan activos y pasivos que adquiere la PH, siendo algunos de ellos, pasivos laborales, servicios recibidos no pagados, cuotas, recargos o multas pendientes de cobro, entre otros, los cuales deben reflejarse en los registros contables formales de la entidad, de modo que éstos presenten la situación financiera en un momento dado, tal como lo requieren las normas contables y en respuesta al Artículo 72 de la Ley 31 de 18 de junio de 2010 que establece y regula el Régimen de Propiedad Horizontal en Panamá.
En estos momentos de crisis en donde muchas PH's se han visto afectadas financieramente tras las medidas por el COVID-19, las mismos puedan presentar en sus registros contables la situación financiera real en cuanto a sus pasivos y cuentas por cobrar para la toma de decisiones de sus propietarios.
Si usted es administrador de una PH, miembro de junta directiva, o propietario de una unidad bajo el régimen de propiedad horizontal y está interesado en mayor información al respecto, puede escribirnos y con todo gusto atenderemos su consulta o solicitud; o si desea déjenos sus comentarios.
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